Ministro de Justicia
SUPERTI DIJO QUE AHORA HAY UN MECANISMO MÁS TRANSPARENTE PARA DESIGNAR A LOS JUECES COMUNALES
“Este gobierno provincial ha generado un mecanismo de autolimitación más transparente que el anterior para la designación de jueces comunales, básicamente porque ahora hay reglas más claras y más objetivas para la evaluación, así como fundamentación y registración de lo que dictaminan los evaluadores”, dijo ayer el ministro de Justicia.
27-06-2008 | 08:19 hs.
Autor: Agenciafe · Fuente: Información Pública
A través del decreto Nº 992, del 11 de abril de 2008, el gobernador Hermes Binner estableció un nuevo sistema y procedimientos para la selección de jueces comunales y dejó “sin efecto todos los trámites iniciados bajo el régimen que se suprime” –reglado por el decreto Nº 2019 de 2006– para cubrir vacantes. Esta modificación originó algunas controversias, manifestadas a través de medios periodísticos en los últimos días.
Superti recordó que el decreto N° 992/08 sigue la misma línea que el N° 164/07, que modificó la estructura del Consejo de la Magistratura. E integra, junto con el decreto N° 18/07 –de autolimitación para proponer integrantes de la Corte Suprema de Justicia y de la Procuración General– las tres normas dictadas por el gobernador Hermes Binner en las que se autolimita para designar miembros del Poder Judicial en sus distintos estamentos.
El ministro Superti explicó que la capacidad legal para nombrar un juez comunal es del gobernador de la provincia, sin acuerdo de la Legislatura. El ex gobernador Jorge Obeid autolimitó esa facultad a través de un decreto, pero durante su gestión no fue nombrado ningún juez comunal. Al finalizar su período de gobierno sí se hicieron llamados a concurso para varios cargos, sobre la base de esa autolimitación, lo que derivó en la conformación de algunas ternas. Sin embargo, Obeid no efectuó designaciones.
Cuando Binner asumió mantuvo el criterio de autolimitación, pero le dio mayor transparencia al sistema a través de un nuevo decreto (N° 992). “Este régimen es más transparente porque los concursos están reglamentados y las resoluciones de los jurados son fundadas y registradas. En cambio en el anterior sistema la única registración era simplemente el puntaje que una comisión evaluadora ad hoc les adjudicaba a los postulantes”, afirmó Superti.
El ministro también destacó que la limitación es propia del gobernador y por lo tanto no puede Obeid dejar limitada una facultad a Binner a través de una terna. “La limitación es propia; cualquier menoscabo sería inconstitucional e ilegal porque estaría restringiendo facultades”, aclaró Superti. Por otra parte subrayó que la terna que presentaba el anterior consejo consultivo no era vinculante ni siquiera para Obeid. El artículo 4 del decreto de Obeid así lo establecía expresamente. “Por lo tanto, mucho menos podría serlo para Binner”, sostuvo el ministro.
“La menor transparencia del anterior sistema –continuó Superti– no tiene que ver con algún concurso en particular sino con el método. Y el punto en crisis es que no tenemos ningún registro de cómo se elaboraron las ternas. Sólo tenemos puntajes sin fundamentación, lo cual conspira contra el sistema republicano en el sentido de que todos los actos de gobierno deben ser fundados”.
Por último, el ministro de Justicia y Derechos Humanos hizo hincapié en que el gobernador Binner sólo ejerció sus funciones, “sin afectar los derechos de nadie”. Y en cuanto a los Colegios de Abogados, “la confianza en estas instituciones nunca fue puesta en duda, de tal suerte que en el nuevo sistema siguen integrando los organismos evaluadores”, finalizó.