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Información General 20.07.2019

Cómo hacer una denuncia ante el seguro

Entre los primeros pasos ante un choque con el auto, siniestro al conducir un automotor, está el de dar aviso a la compañía de seguros. Hacer correctamente la denuncia en tiempo y forma es primordial. A continuación un tutorial de cómo hacer la denuncia ante el seguro del auto

Fuente: DERECHO EN ZAPATILLAS

La denuncia ante el seguro está entre los primeros pasos legales ante el choque, porque suele ser ulterior al intercambio de datos y la denuncia policial (si corresponde). Esta denuncia tiene un plazo válido para hacerse a riesgo de perder la cobertura. Qué pasa si faltan datos, y cómo redactar la denuncia ante el seguro correctamente y qué recuados tomar.
 
La denuncia ante el seguro del auto

 

Es habitual que nuestro primer contacto con el mundo asegurador esté ligado al uso del automovil porque es obligatorio tener “un seguro de responsabilidad civil” como requisito para circular y que cubra a terceros de los eventuales daños que causemos. Y en segundo lugar porque queremos proteger ese auto, parte importante del patrimonio.

Este primer contacto cordial con las aseguradoras consiste en elegir la cobertura, negociar la parte comercial y leer los términos y condiciones, la letra chica, cobertura, franquicias, exclusiones y demás. Sin embargo, puede haber un segundo contacto, en el cual la cosa sea menos feliz y nos acordamos de esa letra chica; esto ocurre cuando debemos denunciar un siniestro.

¿Qué es un siniestro? Cualquier evento que deba ser cubierto por el asegurador se considera un siniestro, lo que era un riesgo futuro e incierto asegurado que se concretó. Por ende, toda situación cubierta por la póliza de seguro debe ser entendida como tal y denunciada a la compañía. Lo usual es un robo, o un choque. (1)

 

¿Que es la denuncia del siniestro y cómo hacer la denuncia ante el seguro?

 

Formalmente se la llama “denuncia administrativa del siniestro”, y es la manera en la cual el asegurado avisa al asegurador de que le pasó algo que, en principio, pareciera ser un siniestro. No es necesaria la certeza.

Por eso, ante la duda si un siniestro aconteció o no, los alcances, si hay o no cobertura y demás, siempre hacer la denuncia, contar la verdad y comunicar a la compañía de seguros lo que se sabe que pasó, todo. En todo caso después se esclarecerá, la compañía de seguros puede investigar (y en su caso se discutirá la cobertura). Como mínimo:

-Qué pasó

-Dónde

-Entre quiénes

-Cómo

-Cuándo, fecha y hora

-Consecuencias del siniestro, destrucción total, parcial, robo, lesionados, etc.

-Qué autoridades intervinieron

-Todo otro dato relevante (ej. contexto, señalización, estado del tiempo. etc. etc.)

De todas formas, es fundamental que el asegurado conozca qué cobertura tiene, para saber si algo que le pasó es o no un siniestro. Y para esto como se decía hay que leer el contrato.

Por ejemplo, si tengo una cobertura de “RESPONSABILIDAD CIVIL” básica únicamente, poco sentido tiene que le avise a mi asegurador que me cayó granizo y me dañó el techo y el capot. Básicamente, porque este evento no está cubierto. Solo se cubre aquello que está en el contrato.

En caso de robo, siempre hacer la denuncia policial ante y ante la aseguradora porque el titular del auto es responsable de los daños que cause.

Sobre el momento o plazo en que debo denunciar el siniestro, la ley de seguros obliga al asegurado a informarlo dentro de los tres días desde que toma conocimiento del hecho. Si el asegurado choca, es claro que el siniestro le consta, y desde que sucede el evento cubierto, debe denunciar al asegurador en el plazo de tres días.

Sin embargo, si dejé mi auto estacionado unos días en la calle porque me fui de vacaciones y cuando vuelvo a tomar contacto con este descubro que tiene un vidrio roto, los tres días cuentan desde el momento en el que tomé este contacto y me percato del evento cubierto.

Si la denuncia no se ingresa dentro de los tres días, el asegurador puede liberarse de la responsabilidad de responder. En criollo, “si no denunciás dentro de los tres días, es posible que no te vayan a pagar”. Es práctica de algunos aseguradores aceptar denuncias fuera de término y pagar el siniestro. Sin embargo, el límite que fija la ley es claro.

 

¿Qué datos debo incluir en la denuncia ante el seguro? ¿Que debo informar?

Básicamente, en los seguros de automotor, las aseguradoras tienen formularios con los datos necesarios para llevar adelante este acto jurídico.

En estos formularios se hace el relevamiento de lo sucedido, así como también de los involucrados en el evento: fecha del hecho, hora, lugar, datos del asegurado y su vehículo, datos del tercero con el que se chocó.

En caso de no contar con ese formulario se podría enviar una carta documento o alguna comunicación fehaciente, de ser el tema urgente.

La idea es declarar todo lo que sucedió, en detalle, sin omitir datos de lo sucedido ni de los involucrados. No se deben ocultar datos, y se debe relatar incluso aquello que, inicialmente, parezca que no tiene que ver con el evento
Una denuncia completa permite que el asegurado no deba luego efectuar aclaraciones o ampliaciones de ésta.

El fundamento de la denuncia es permitirle a la aseguradora investigar, conocer, enterarse del siniesto. Ver si acontenció o no, cómo, si está o no cubierto. Por eso es importante que sea a tiempo (tiempo que pasa, verdad que huye, se dice), y completa. En su caso, la compañía puede pedir más información.

Luego de terminado el proceso de ingreso de denuncia, sea que lo hayamos hecho por teléfono, mail, web, a través del Productor de Seguros o como fuere, debemos pedir la COPIA DE LA DENUNCIA ADMINISTRATIVA DEL SINIESTRO y CERTIFICADO DE COBERTURA.

La copia de la denuncia, con el sello de ingreso en la aseguradora (hoy son sellos virtuales en muchos casos, pero válidos al fin) es un elemento clave que cualquier asegurado debe conservar a futuro. Recordemos que se debe denunciar dentro de las 72 horas de conocido el siniestro, por lo que resulta fundamental probar que la denuncia se efectuó en tiempo y forma.

¿Y si el relato del hecho me compromete o no me conviene?

El art. 46 y el 48 de la Ley de Seguros establecen que el asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin.

También dice que el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado si exagera fraudulentamente los daños o emplea pruebas falsas para acreditar los daños.

La idea de defender los intereses particulares del asegurado falseando la declaración al asegurador puede configurar el delito de estafa. Aunque uno suponga que declarar determinada dinámica al asegurador pueda resultar lesivo de sus intereses, siempre es mejor un rechazo de siniestro que, además de este rechazo, ser denunciado penalmente por fraude al seguro.

Además, es conveniente consultar al productor asesor de seguros en caso de siniestro, a los fines de confeccionar la denuncia, o bien a algún letrado de confianza.

¿Y luego de la denuncia? ¿Qué sigue?

Se ingresa en el proceso de “liquidación” del siniestro. En esta instancia, el asegurador requiere información complementaria (documentos, copia de la cédula verde, de la licencia de conducir, fotos) y analiza si corresponde o no pagar el siniestro.

También efectúa análisis de fraude(es decir, si el asegurado se encuentra tratando de engañar al asegurador).
Superadas estas instancias, las aseguradoras analizan las cantidades que deben abonar por el evento cubierto. También, cómo lo van a abonar.

Pero este proceso de liquidación tiene muchos matices, y merece un desarrollo separado.

Anexo con modelo de denuncia ante el seguro por siniestro, choque automotor

Podés ver un modelo de denuncia en Patreon, con este link. Es con suscripción, en este caso gratuita.

 

Otros apuntes

En caso de chocar, es también fundamental informar que hay lesionados en el momento de hacer la denuncia a la aseguradora. Puede haber un plazo razonable para hacerse atender por un médico y certificar esas lesión (algunos médicos se niegan a extender certificados porque luego no quieren atestiguar en caso que la aseguradora los cite; de ser así pedir la historia clínica sellada y firmada). Recomendable llamar al SAME en el momento del siniestro.

 


  1. Un siniestro es cualquier hecho que ponga en juego las garantías del contrato de seguro que se materializa por medio de la prestación de un servicio, del abono de una indemnización al asegurado o a un tercero o del pago de una suma a tanto alzado o en forma de renta (Fundación Mapfre).

 

Este contenido no implica asesoramiento legal por tener fines exclusivamente de divulgación, informativos y educativos. Tampoco se garantiza que esté completo ni actualizado. El contenido es general y puede no resultar aplicable a cada caso en particular. El contenido de esta página no implica asesoramiento legal.

 

*El autor es abogado y se dedica al derecho de seguros y defensa del consumidor

Por Rodrigo Puértolas*

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